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“AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010- 2008-MDE/LC. Echarate, 18 de Julio del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de Junio del 2008, sobre Modificación del Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad Distrital de Echarate Y CONSIDERANDO: Que, conforme se desprende de lo previsto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a Ley, son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, esto en concordancia con el Artículo I del Título Preliminar, referidos a los Gobiernos Locales, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No. 27972, prevé que los gobiernos locales, son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; y son promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, mediante Informe Nº 115-2008-OPP-MDE/LC, de fecha 18 de junio del 2008, la Directora de Planeamiento y Presupuesto, alcanza la propuesta del Nuevo Cuadro de Asignación de Personal –CAP de la Municipalidad Distrital de Echarate, manifestando que únicamente ha variado en la designación de funcionarios de confianza a los Directores, Jefes de División y Jefe de Unidades, ya que a la fecha muchas jefaturas no estaban consideradas como cargos de confianza, lo que hubiera generado estabilidad laboral a muchas jefaturas. asimismo, mediante Oficio Nº 629-2008-CG/GSNC, de fecha 03 de junio del 2008, la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control ha observado nuestro CAP, en donde señalan que para el caso específico del Jefe de Órgano de Control Institucional, los gobiernos locales deben eximirse de considerar como Cargo de Confianza, ya que dependen funcional y administrativamente de la Contraloría General de la República, asimismo, en el recuadro del Cargo Estructural del Órgano de Control Interno donde dice: “Director del Sistema Administrativo III” debe ser modificado a “Auditor General I”. Por otro lado se ha clasificado los cargos del CAP, detallados en el Informe Nº 0011-2008-OPP-UPR-MDE/LC; aclarando que la modificación del CAP, implica también la modificación de todos los documentos de gestión, esto es, MOF, ROF, y PAP, enfatizando que en el caso del Manual de Organizaciones y Funciones – MOF, se modificará en lo que respecta a la experiencia laboral en cuanto al primer, segundo y tercer nivel organizacional, donde se flexibilizará la experiencia profesional; Que, mediante Informe N° 0090-2008-ALE-MDE/LC, de fecha 23 de Junio del 2008, la Oficina de Asesoría Legal emite su Informe legal, sobre la modificación del CAP; Que, de conformidad con lo previsto en el Inciso 32, del Articulo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación el Cuadro de Asignación de Personal; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, inciso 3° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobación de actas, el Concejo Municipal con el voto unánime se adoptó emitir la siguiente; ORDENANZA: ARTICULO 1º.- APROBAR la Modificación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad Distrital de Echarate, que forma parte integrante de la presente Resolución. ARTICULO 2º.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a la presente. ARTICULO 3°.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial el Peruano; asimismo, se dispone su publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad Distrital de Echarate.