Inicio
Municipalidad
Servicios
Obras
Turismo
Transparencia
“AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011- 2008-MDE/LC Echarate, 04 de Septiembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATE VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 04 de Septiembre del 2008, sobre pago de extracción de materiales de acarreo, en mérito a la esquela de notificación Nº 0037, del 23 de Mayo del 2008, sobre procedimiento sancionador contra R & R CONTRATISTAS GENERALES, informe Nº 086-2008-MEHR-DDUR-GDSSM, del 07 de julio del 2008, Informe Nº 183-2008-REC-DU-GDSSM/MDE; Expediente 3880, del 10 de julio del 2008, Informe Nº 095-2008-MEHR-DDUR-GDSSM, del 06 de agosto del 2008. Y CONSIDERANDO: Que, conforme se desprende de lo previsto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a Ley, son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, con notificación 0037 de vistos, se procedió a requerir a la administrada R & R CONTRATISTAS GENERALES SRLTDA, para que regularice AUTORIZACION DE EXTRACCION DE MATERIAL DE CONSTRUCCION DE LOS ALVEOS CAUCES Y CANTERAS DE NUESTRA JURISDICCION, en un término de 20 días, bajo apercibimiento de Ley, dicha notificación fue entrega en el domicilio señalado en la ficha de Consulta RUC 20357914001, decepcionado por la Sra. Vilma Puma de Liendo, identificado con DNI Nº 23867973; Que, la extracción total de material, realizado por el Administrado R & R CONTRATISTAS GENERALES SRLTDA, es de 10589.20 m3, de acuerdo a los Reportes de Ordenes de compra obtenidos a través de la Oficina de Logística; Que, mediante expediente Nº 3880-2008 la administrada solicita rebaja de costo de derechos por extracción de material de acarreo, de S/. 3.00 a S/. 1.00 por única y excepcional vez; argumentando que la Notificación fue realizado en forma extemporánea, es decir después de haberse realizado la Extracción; Que, el área de Control Urbano, de la División de Desarrollo Urbano, opina en forma favorable para la rebaja solicitada, informando que el volumen extraído es de 10589.20 m3, correspondiendo el pago por derechos de extracción de material de S/. 32,879.46, y con la reducción solicitada por la Administrada, ascendería a la S/. 10,589.20, señalando que la entidad competente para autorizar la rebaja es el Concejo Municipal; Que, el Inciso 9) del Articulo 69 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala, que son rentas municipales entre otras los derechos de extracción de materiales de construcción, ubicados en los alveos y cauces de los ríos, así como en las canteras localizadas dentro del ámbito de su jurisdicción; en concordancia con la Ley Nº 28221, Ley que regula el Derecho por Extracción de Materiales de los Alveos o Cauces de los Rios por las Municipalidades; Que, las normas citadas en el párrafo precedente, se encontraban vigentes en alo 2007, año donde comenzó la extracción por parte de la administrada, así mismo, las tasas y requisitos del procedimiento estaban señaladas en el TUPA 2006 de ésta Municipalidad, establecidos en el numeral 4.3; Que, conforme lo señala el articulo 40, párrafo tercero de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que, mediante las ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º, inciso 8), en concordancia con el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobación de actas, el Concejo Municipal con el voto unánime se adoptó emitir la siguiente; ORDENANZA: ARTICULO 1º.- APROBAR de la liquidación de S/. 32,879.46, la condonación por única vez la suma de S/. 22,290.26 (Veintidós Mil Doscientos Noventa con 26/100 Nuevos Soles), a favor del administrado R & R CONTRATISTAS GENERALES SRLTDA, por los conceptos de extracción de materiales, en un volumen de 10589.20 m3. ARTICULO 2°.- DISPONER al administrado R & R CONTRATISTAS GENERALES SRLTDA, cumpla con pagar la diferencia de la condonación por el material extraído, que asciende a la suma de S/. 10,589.20, en un plazo de quince días naturales de notificada la presente, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la condonación antes dispuesta, y sin perjuicio de procederse al cobro coactivo en caso de incumplimiento. ARTICULO 3º.- ENCARGAR a la División de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Resolución. REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. C.C. Gerencia Municipal Oficina de Administración Asesoría Legal División de Desarrollo Urbano Archivo