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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2007-MDE/LC Echarati, 24 de Mayo del 2007. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATI. VISTO: La propuesta del Presidente del Concejo de Coordinación Local Distrital discutida y aprobada en Sesión Ordinaria del 01 de Abril del 2007 remitida a su vez por el Responsable de Planeamiento con informe Nº 044-07-OPP-MDE de fecha 07 de Mayo del 2007. POR CUANTO: El Concejo Municipal de Echarati en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Abril del año dos mil Siete; CONSIDERANDO: Base Legal: Constitución Política del Perú Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización. Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo D.S. Nº 171-2003-EF que aprueba el reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modificatorias. Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2008. Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, los Gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo local concertado con la sociedad civil. Que, de acuerdo a los Artículo 197º Y 199 de la misma Constitución Política, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local , formulan sus presupuestos con la participación de la población, rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley. Que, según lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley N º 27783, Ley de Bases de la Descentralización , los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados. Que, corresponde a la población con sus Autoridades Municipales el Gobierno de la Localidad en forma Democrática, Participativa y transparente; Que, es necesario desarrollar espacios e instrumentos democráticos y participativos que generen un mayor compromiso, transparencia y credibilidad en el manejo de los recursos públicos, reconociendo que la Participación Ciudadana es un derecho humano básico y universal en todas las ciudades. Que, la Municipalidad, deberá determinar sus respectivos espacios de concertación y regular, mediante ordenanza, los mecanismos de aprobación de su presupuesto participativo, de acuerdo a lo establecido en la Décimo Sexta Disposición complementaria de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 4 del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, y los artículos 53º y Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Expide la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- CONVOCAR, En la fecha el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo 2008 en el Distrito de Echarati, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N º 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y de conformidad al instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2008” . Artículo 2º.- APROBAR, el Reglamento del Proceso Participativo, en el que se identifican y acrediten a los Agentes Participantes y sus respectivas responsabilidades, así como el cronograma de las acciones del Desarrollo del Proceso Participativo, el mismo que consta de 10 capítulos, 22 Artículos y 02 disposiciones finales. Artículo 3º.- ENCARGAR, al Equipo Técnico Mixto (ETM) la organización y el desarrollo del presente proceso participativo, estableciendo sus acciones y responsabilidades conforme a las normas vigentes. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.