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ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2007-MDE/LC Echarati, 24 de Mayo del 2007. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ECHARATI. VISTO: La propuesta del Presidente del Concejo de Coordinación Local Distrital discutida y aprobada en Sesión Extraordinaria del 09 de Abril del 2007 remitida a su vez por el Responsable de Planeamiento con informe Nº 044-07-OPP-MDE de fecha 07 de Mayo del 2007. POR CUANTO: El Concejo Municipal de Echarati en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Mayo del año dos mil Siete; CONSIDERANDO: Base Legal: Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, Artículos 195º Inciso 2, 197, y 199 último párrafo. Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, Artículos 17º, 18º, 20º y 42º incisos e) y g). Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo D.S. Nº 171-2003-EF que aprueba el reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modificatorias. Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2008. Que, corresponde a la población con sus Autoridades Municipales el Gobierno de la Localidad en forma Democrática, Participativa y transparente; Que, es necesario reglamentar la instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local distrital de ECHARATI; los derechos y deberes de sus miembros, sus funciones y sus fines, reglamentando los procedimientos de programación, formulación y concertación participativa de los Planes de Desarrollo, Presupuesto Participativo y cumplimiento de las funciones asignadas en la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la Municipalidad, deberá determinar sus respectivos espacios de concertación y regular, mediante ordenanza, los mecanismos de aprobación de su presupuesto participativo, de acuerdo a lo establecido en la Décimo Sexta Disposición complementaria de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 4 del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, y los artículos 104º y 105º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Expide la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- APROBAR, el Reglamento del Concejo de Coordinación Local del Distrito de Echarati, en el que se identifican sus funciones, responsabilidades, derechos y sanciones, el mismo que consta de 08 Títulos, 47 Artículos y 02 disposiciones finales que forman parte de la presente ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR, al CCL la organización y el desarrollo del presente proceso participativo, estableciendo sus acciones y responsabilidades conforme a las normas vigentes. Articulo 3º.- ENCARGAR, a la Gerencia y las instancias correspondientes otorgar las facilidades del caso para su cumplimiento. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.